Servicios de Investigación
UPIA proporciona tres líneas de servicio forense orientadas a la determinación de responsabilidades y reconstrucción cinemática del siniestro vial.
01
Sistema judicial y abogados
PróximamenteApoyo técnico a las partes dentro del marco procesal dominicano.
Enviar consultaEl Art. 130 del Código Procesal Penal contempla la pericia cuando se requieren conocimientos especiales en alguna ciencia, arte o técnica. El Art. 133 habilita a las partes a proponer consultores técnicos propios. UPIA trabaja dentro de esa figura.
### En qué apoyamos
- Perito de parte en causas civiles.
- Consultor técnico de parte en causas penales, conforme Art. 133 CPP.
- Análisis técnico del expediente y de los informes periciales incorporados a la causa.
- Preparación técnica del abogado para el examen de peritos en audiencia.
- Capacitación en lectura técnica de escena de siniestro.
### Qué recibe
Un informe pericial independiente que puede sostenerse en audiencia, con el razonamiento completo por escrito y la separación explícita de lo observado, lo declarado y lo inferido.
02
Aseguradoras y flotas
PróximamenteDeterminación técnica de causas a partir de evidencia material, para decisiones de cobertura, reservas y litigio.
Enviar consulta### En qué apoyamos
- Peritaje físico-mecánico del vehículo siniestrado.
- Determinación de causas, velocidades y puntos de impacto a partir de evidencia material.
- Reconstrucción de la dinámica del hecho.
- Detección de indicadores técnicos de inconsistencia entre lo declarado y lo observado.
- Auditoría de informes periciales de terceros.
- Peritaje de flotas y auditoría mecánica preventiva.
### Qué recibe
Un dictamen motivado, con cadena de custodia documentada y trazabilidad conforme ISO/IEC 27037:2012, utilizable en sede administrativa y judicial.
Después de un siniestro, la evidencia material que permite reconstruir lo ocurrido suele perderse en las primeras horas. UPIA acompaña técnicamente a quien necesita entender y documentar lo que pasó.
### En qué apoyamos
- Informe pericial privado para reclamo ante aseguradora o proceso civil o penal.
- Documentación y preservación de la evidencia física del hecho.
- Análisis técnico del expediente y del informe oficial.
- Orientación sobre qué preservar en las primeras horas.
### Qué recibe
Un informe comprensible para quien no es técnico y admisible para quien sí lo es.